Quiénes Somos
Somos parte del activo más valioso de los más de 90 clientes entre organizaciones gubernamentales y privadas que hemos atendido, entregando en cada proyecto calidad, confianza, credibilidad y un acompañamiento permanente para hacer de nuestro trabajo una experiencia única.
Llevamos 10 años construyendo una organización conformada por personas entregadas a asumir nuevos retos, con un equipo trabajador y profesional, expertos en gestión documental y tecnología de la información.
Somos Colombia en el extranjero y por eso todos los días buscamos mejorar y brindarle una mejor experiencia a todos nuestros clientes.
Misión
Somos un aliado estratégico de nuestros clientes proporcionándoles servicios de desarrollo de software y gestión documental con valor agregado mediante la permanente innovación de estos, buscando siempre el desarrollo integral de nuestros colaboradores, proveedores y la comunidad en general.
Visión
Ser reconocidos a nivel nacional como una empresa líder en el suministro de soluciones de desarrollo de software y gestión documental.
Políticas
En SKAPHE TECNOLOGÍA S.A.S., ofrecemos soluciones de calidad en las áreas de Tecnología de la Información y Gestión Documental, estamos comprometidos con la protección de la integridad física, mental, social de sus colaboradores, la satisfacción de nuestros clientes tanto externos como internos, el mejoramiento continuo de nuestro Sistema de Gestión Integral en Calidad, Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente; por tanto trabajamos por el bienestar de nuestros empleados a través de la Identificación, eliminación de los peligros, evaluación y valoración los riesgos y estableciendo los controles pertinentes, la prevención de incidentes, accidente que puedan generar lesiones personales, enfermedades laborales, impactos socio-ambientales y/o daños a la propiedad; considerando los riesgos prioritarios (Biomecánico, Biológico) que involucren trabajadores, clientes, proveedores, contratistas, subcontratistas, visitantes y partes interesadas, planeando y ejecutando actividades de formación, promoción y prevención, fomentando una cultura saludable e incentivando la responsabilidad social en la compañía, gestionando los aspectos ambientales generados en todas las actividades que desarrollamos a fin de minimizar los impactos ambientales; para lo cual nos aseguramos del cumplimiento de la normatividad nacional vigente y otros requisitos asociados con nuestro sistema de gestión integral.
La alta dirección se compromete asignar los recursos humanos, técnicos y financieros para la implementación, mantenimiento y mejora continua del sistema de gestión integral y promover la participación y consulta de todas las áreas de la organización.
Nuestras actividades están desarrolladas dentro de un marco ético, llevando a cabo prácticas competitivas transparentes, que nos permitan aumentar el numero de clientes y abarcar otros sectores del mercado.
SKAPHE TECNOLOGÍA S.A.S., Consciente, tanto de la necesidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro en su entorno, como de los efectos adversos del alcoholismo y la farmacodependencia en la salud integral, el desempeño y la productividad de sus funcionarios, fija las siguientes directrices:
- Ambientes sanos, libre de consumo de sustancias psicoactivas, alcohol y tabaco.
- Promover los estilos de vida de trabajo saludable, mediante actividades de promoción y prevención, tendientes a eliminar el consumo de alcohol, drogas y tabaco en los ambientes de trabajo.
- Concientizar a todos los colaboradores y/o contratistas de los efectos nocivos, físicos, psicológicos y sociales que el uso de estas sustancias acarrea.
- Realizar inspecciones no anunciadas para drogas y alcohol en los recintos donde se encuentren trabajando y de su propiedad. También puede exigir que los empleados se sometan a evaluación médica o pruebas de alcohol o drogas cuando exista sospecha de su uso. Un resultado positivo de la prueba o el rehusarse a ella, es causal de medidas disciplinarias y administrativas.
- El Funcionario que por prescripción médica use medicamentos controlados (ansiolíticos, antidepresivos, anticonvulsivantes, analgésicos fuertes, entre otros), deberá informar al Coordinador HSEQ, para la implementación de las medidas preventivas pertinentes.
- En eventos controlados y organizados por SKAPHE TECNOLOGÍA S.A.S., solo la Gerencia, previa autorización escrita tendrán la facultad para permitir el consumo de bebidas alcohólicas.
Por lo anterior, no está permitido el consumo antes y durante la jornada laboral y estando en las áreas de influencia de la compañía.
Los coordinadores, técnicos, deberán impedir el ingreso de personas, que se encuentren bajo el efecto de alcohol o narcóticos, a los sitios de trabajo.
Esta política es aplicable a todo el personal de SKAPHE TECNOLOGIA S.A.S., incluyendo los contratistas, subcontratistas y visitantes.
Con el fin de contribuir con el Orden y Movilización vehicular segura, SKAPHE TECNOLOGIA S.A.S., establece:
- El Personal que conduzca un vehículo dentro de las operaciones de la compañía, debe cumplir con todas las normas de tránsito estipuladas en la legislación Colombiana y los estándares establecidos por nuestra compañía.
- Todo trabajador que conduzca debe estar capacitado en seguridad vial y es responsable de su seguridad, la de los pasajeros, peatones y del ambiente. Se prohíbe llevar personas ajenas a la empresa y conducir el vehículo fuera del horario autorizado.
- Los límites de velocidad autorizados para cada una de las diferentes zonas de tránsito jamás excederán los establecidos por la ley colombiana.
- Esta política es aplicable a todo el personal de SKAPHE TECNOLOGIA S.A.S., incluyendo los contratistas, subcontratistas y visitantes.
- Cualquier violación de la misma será causal de sanciones.
1. OBJETIVO
La presente Política de Teletrabajo tiene como objeto la regulación de la modalidad de teletrabajo en SKAPHE TECNOLOGIA S.A.S. Esta política hace parte de los acuerdos individuales de teletrabajo, celebrados o que se celebren con todos los teletrabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que, sin embargo, solo pueden ser favorables al teletrabajador.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
A pesar de la presente regulación especial, todos los TRABAJADORES de la empresa, incluyendo los TELETRABAJADORES, se encuentran sometidos al Reglamento Interno del Trabajo, según la labor que desarrollen en la compañía.
A continuación, se desglosa los términos que contine esta policita:
- RELACIÓN DE LOS CARGOS QUE PUEDEN DESEMPEÑAR SUS FUNCIONES MEDIANTE EL TELETRABAJO
A continuación, se relacionan los cargos que podrán realizar teletrabajo:- 2.1. Área de tecnología de la información:
- Director de gestión de proyectos en tecnología de la información
- Coordinador de gestión de proyectos en tecnología de la información
- Ingeniero de proyectos senior en tecnología de la información
- Ingeniero de proyectos semi-senior en tecnología de la información
- Ingeniero de proyectos junior en tecnología de la información
- Técnico de tecnología de la información
- Auxiliar de tecnología de la información
- 2.2. Área de gestión documental:
- Director de gestión documental
- Coordinador de gestión documental
- Coordinador control de procesos
- 2.3. Administrativo
Todos los directores y coordinadores que hagan parte de las funciones administrativas.
- 2.1. Área de tecnología de la información:
3. REQUISITOS DE POSTULACIÓN EN CUANTO A COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES, ORGANIZACIONALES Y TECNOLÓGICAS NECESARIAS PARA SER TELETRABAJADOR
Los trabajadores de la empresa podrán solicitar su participación en la modalidad de teletrabajo si cumplen con las siguientes disposiciones:
- La permanencia mínima de seis meses en la empresa como trabajador para ser admitido como teletrabajador.
Nota:- Para este numeral se exime el área de tecnología de la información.
- En caso de contratar por primera vez a un teletrabajador, éste no podrá exigir posteriormente realizar sus actividades en las instalaciones del empleador, a no ser que las partes de común acuerdo modifiquen lo inicialmente pactado y en dado caso, dejaría de ser teletrabajador.
- Contar con un navegador de banda ancha con una velocidad mínima de 20MB.
- Contar con el espacio requerido para instalar el puesto de trabajo cumpliendo con las características específicas que solicita el área de HSEQ- seguridad y salud en el trabajo, de la compañía.
- Que las funciones que desempeña puedan ser cumplidas fuera del lugar de trabajo y con apoyo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
- Que las condiciones familiares, tecnológicas y físicas del lugar para teletrabajar, sean aptas para el desarrollo de la labor, lo cual se validará en la visita domiciliaria.
- Diligenciar el formato de solicitud de ingreso a la modalidad de teletrabajo.
- Cumplir con los requisitos estipulados en el reglamento interno de trabajo Capitulo XX.
4. DISPOSICIONES PARA HACER REAL Y EFECTIVA LA IGUALDAD DE TRATO
Los teletrabajadores de SKAPHE TECNOLOGÍA SAS tendrán los mismos derechos, obligaciones, deberes y garantías que los trabajadores que se encuentran prestando los servicios de manera presencial. El teletrabajador no perderá ningún derecho, por ostentar tal condición, dicha información se encuentra en el reglamento interno de trabajo Capitulo XX, Articulo 79.
5. EQUIPOS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS, PLATAFORMAS Y HERRAMIENTAS TIC, SISTEMAS DE INFORMACIÓN, REPOSITORIOS VIRTUALES Y ENTORNO TIC PARA PODER DESARROLLAR ACTIVIDADES COMO TELETRABAJADOR
Las necesidades técnicas del teletrabajador estarán dadas en función de las necesidades del trabajo encomendado, siendo requisitos mínimos, los siguientes:
- Un computador personal con las condiciones adecuadas para realizar las tareas encomendadas, que será suministrado por la empresa.
- Una conexión de banda ancha con una velocidad adecuada y suficiente para las tareas que se lleven a cabo, para esto, la compañía reconocerá un auxilio de conectividad, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
- Una cuenta de correo electrónico.
- Las demás condiciones técnicas necesarias para desempeñar el teletrabajo incluidas en el procedimiento de teletrabajo y reglamento interno de trabajo articulo 80 y 81.
- La empresa brindará las herramientas específicas (hardware /software) que considere necesarias para el desarrollo de las funciones e implementará las correspondientes medidas de control y acceso, con el fin de garantizar la protección de datos y de los mismos equipos y aplicaciones entregadas. De igual forma, el teletrabajador deberá respetar lo contemplado en las leyes colombianas, así como las instrucciones por escrito que reciban de sus jefes inmediatos.
6. CONDICIONES SOBRE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y SECRETO EMPRESARIAL, ASÍ COMO PROTOCOLOS PARA EL RESPETO DE LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR DEL TELETRABAJADOR
Los TELETRABAJADORES deberán garantizar de forma íntegra la confidencialidad y reserva de la información a la que tengan conocimiento en ejecución de sus funciones, la cual en todo caso sólo podrá ser utilizada como desarrollo de su contrato de trabajo.
Es importante aclarar que se encuentra en la cláusula de CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN y cláusula de TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES del contrato de trabajo.
La empresa garantizara el derecho a la desconexión laboral y evitara los impactos que se puedan generar en la salud mental y el equilibrio emocional de los teletrabajadores de acuerdo con lo dispuesto en la ley 2191 de 2022.
6.1. PUNTOS DE CONTACTO PARA EFECTOS DE DENUNCIAS DE ACOSO LABORAL, SOLICITUDES AL COPASST Y SST
A continuación, se relaciona el medio de comunicación para reportar o solicitar temas relacionados a Seguridad, salud en el trabajo y aspectos de recursos humanos:
- Comité de Convivencia laboral: convivenciaskaphe@skaphe.com
- Comité Paritario de seguridad y salud en el trabajo COPASST: copasstskaphe@skaphe.com
- Reporte de actos, condiciones inseguras, accidentes y enfermedades laborales: hseqskaphe@skaphe.com o al WhatsApp: 3016972950
- Solicitudes área Recursos Humanos: contabilidad@skaphe.com o al WhatsApp: 3016972950
7. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN EN FAVOR DEL TELETRABAJADOR Y SU INCLUSIÓN EN EL SISTEMA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, ACCIONES INCLUIDAS EN EL PLAN DE CAPACITACIÓN EN TEMAS INHERENTES AL DESARROLLO EFECTIVO DEL TELETRABAJO
Los trabajadores que se encuentren laborando bajo la modalidad de teletrabajo continuaran siendo beneficiarios de los planes de formación, programas de promoción, prevención y bienestar, de seguridad y salud en el trabajo que realiza la compañía.
7.1. DESCRIPCIÓN MÍNIMA DEL ESPACIO DE TRABAJO REQUERIDO
Las especificaciones técnicas del puesto de trabajo se relacionan a continuación:
- Para superficies de uso mixto, es decir, cuando el teclado se ubica sobre el escritorio, el ancho de éste debe permitir que, durante el uso del teclado y el mouse, el funcionario pueda apoyar los antebrazos (de codo a muñeca) o al menos dos tercios de ellos sobre su superficie. Se requiere una profundidad entre 70 cm. a 80 cm. Con respecto a la altura del escritorio se sugiere 75 cm. El ancho de la superficie de trabajo debe permitir que los objetos de uso frecuente como teclado, mouse, y otros queden bien organizados. Se requiere un mínimo de 110 cm.
- La silla de trabajo debe estar provista de cinco patas con ruedas para desplazarse. El asiento debe ser regulable en altura. El respaldo debe tener una suave prominencia para proporcionar apoyo a la zona lumbar. Los reposa brazos no son indispensables: De tenerlos, su altura no debe obstaculizar la movilidad, ni el ingreso al escritorio, de manera que deben ser graduables en altura.